Puede determinar una esperanza de vida menor

El CERMI reclama que la discapacidad se incorpore en la reforma de las pensiones

Publicado el por Somos Pacientes

El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), miembro activo de Somos Pacientes, ha solicitado al Gobierno que la nueva reforma del sistema de pensiones, en fase de consultas, tenga en cuenta las especificidades de los trabajadores con discapacidad y las incorpore en el proyecto de ley que, en último término, se remita al Parlamento.

En consecuencia, en el documento de aportaciones elaborado por el Comité para su remisión al Consejo Económico y Social –organismo en el que se encuentra actualmente el anteproyecto de ley para recibir informe de los agentes sociales–, el CERMI recuerda que “de cara a la configuración del factor de sostenibilidad, resulta necesario que se tome en consideración la distinta esperanza de vida que determinan muchas discapacidades”.

Sostenibilidad y equidad

El factor de sostenibilidad se establece para mantener la proporcionalidad entre las contribuciones ingresadas y las prestaciones a recibir, asegurando el riesgo asociado al incremento de la longevidad y ajustando la equidad intergeneracional.

Y en este contexto, como explica el CERMI, “si es la equidad uno de los elementos básicos en los que descansa la justificación del factor de sostenibilidad, ha de ponderarse que la misma debe predicarse de quienes se encuentran en una situación de partida similar, pero no –tal y como se deduce de la propuesta– respecto de para quienes esa situación de partida es diferente, con lo que, de no adoptarse medidas compensatorias, se quebraría el principio de equidad que pretende establecerse”.

No en vano, la equidad no sería tal en la aplicación del factor de sostenibilidad a las personas con discapacidad que entran en la jubilación, “pues la pensión que resulte (en función de la base reguladora y el porcentaje por períodos de cotización) va a verse modificada en función de cómo haya variado la esperanza de vida a la edad de los 67 años”, incide el Comité.

Menor esperanza de vida

No en vano, la esperanza de vida a una determinada edad va a contemplarse –salvo excepciones o particularidades aún no contempladas en anteproyecto de ley– en función del conjunto de personas con 67 años, “obviando que, precisamente en razón de la discapacidad, las personas que llegan a la pensión tienen una esperanza de vida que puede resultar menor que la establecida con carácter general”, alega el CERMI.

El resultado es que las personas con discapacidad que acceden a la pensión pueden recibir una menor cuantía que la población general dado que su esperanza de vida a los 67 años puede no llegar a incrementarse, lo que implicaría un mayor período de recibo de la pensión.

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