Programa Reina Letizia para la Inclusión

LOS DEPÓSITOS BANCARIOS ABANDONADOS SE DESTINARÁN A LA FORMACIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

NOTA INFORMATIVA DE FIAPAS

 

Se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la Orden SSI/1270/2017 de 21 de diciembre por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas del programa dirigido a promover la mejora de las condiciones formativas y profesionales de las personas con discapacidad, denominado ?Programa Reina Letizia para la Inclusión?.

Estas ayudas estarán financiadas por aquellos saldos o depósitos bancarios abandonados por más de 20 años. El objetivo es asegurar que las personas con discapacidad tengan acceso a la educación superior, la formación profesional, la educación para adultos y el aprendizaje durante toda la vida y en igualdad de condiciones.

Con esta orden ministerial, en cuyo impulso y elaboración participó activamente el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), se da desarrollo reglamentario a una previsión legal del año 2015 que establecía que los depósitos mencionados se destinaran a financiar programas dirigidos a promover la mejora de condiciones educativas de personas con discapacidad.

Dicha disposición señalaba, además, que la Administración General del Estado desarrollaría, a través del Real Patronato sobre Discapacidad, un programa dirigido a ese fin con especial atención a aspectos relacionados con su desarrollo profesional y a la innovación y la investigación

Los beneficiarios serán personas con al menos un 33 % de discapacidad, mayores de 16 años y con nacionalidad española o residentes legalmente en el país. Estas ayudas podrán adoptar todas o alguna de las modalidades siguientes:

  • Productos de apoyo y necesidades técnicas.
  • Asistencia técnica y personal de apoyo para la formación y la mejora de las condiciones educativas.
  • Estudios universitarios, grado, postgrados y máster.
  • Movilidad internacional y para movilidad nacional.
  • Adquisición de competencias lingüísticas.
  • Doctorado.
  • Investigación y acceso a la docencia superior.
  • Deportistas de alta competición (paralímpicos).
  • Emprendimiento.

Estas ayudas de carácter estatal se regularán mediante su correspondiente convocatoria, en la que se especificarán las condiciones y requisitos específicos para cada una de las ayudas, así como los plazos y modos de presentación de solicitudes.

Más información sobre esta Orden de bases:  http://boe.es/boe/dias/2017/12/22/pdfs/BOE-A-2017-15354.pdf