Con los principios de autonomía, no discriminación y accesibilidad y diseño universales

Nueva normativa estatal de referencia sobre accesibilidad en los espacios públicos urbanizados

Publicado el por Somos Pacientes

Las políticas públicas en torno a la accesibilidad han experimentado un notable desarrollo a lo largo de las últimas décadas. Un hito fundamental en este recorrido fue la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, aprobada el 13 de diciembre de 2006 por la Asamblea General de las Naciones Unidas, ratificada por España el 3 de diciembre de 2007 y en vigor desde el 3 de mayo de 2008. Ahora, el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma) ha publicado la orden ministerial por la que se desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y la utilización de los espacios públicos urbanizados.

Esta nueva norma sustituye a la Orden VIV/561/2010, de 1 de febrero, del mismo título, que había supuesto hasta ahora la normativa estatal de referencia en esta materia y que quedará derogada, una década después de su aprobación, con la entrada en vigor de la nueva orden el 2 de enero de 2022.

Condiciones básicas

Este documento técnico desarrolla las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y la utilización de los espacios públicos urbanizados. Estas condiciones básicas derivan de la aplicación de los principios de autonomía individual, no discriminación, accesibilidad universal y diseño universal o diseño para todas las personas, tomando especialmente en consideración las necesidades de las personas con discapacidad, así como las vinculadas al uso de productos y servicios de apoyo.

Estas condiciones básicas garantizarán unos espacios públicos urbanizados comprensibles, utilizables y practicables por todas las personas, en condiciones de seguridad y comodidad y de la forma más autónoma y natural posible, en los términos establecidos por este documento técnico y con el fin de hacer efectiva la accesibilidad universal y el derecho a la igualdad de oportunidades y de trato.

El Ministerio destaca que para la elaboración de esta normativa se ha seguido un procedimiento participativo que, durante más de un año, ha involucrado a las comunidades autónomas, a los ayuntamientos y a otros organismos, así como a numerosas asociaciones representativas de la discapacidad y a numerosos particulares interesados.

La aprobación de la orden supone, además, el cumplimiento de una de las actuaciones de carácter normativo recogidas en el Plan de Acción de la Agenda Urbana Española para la Administración General del Estado.

Más información:

Orden TMA/851/2021, de 23 de julio, por la que se desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y la utilización de los espacios públicos urbanizados

MITMA: Información sobre accesibilidad en espacios públicos urbanizados

– A día de hoy, 98 asociaciones de pacientes dedicadas a la discapacidad y a la dependencia ya son miembros de Somos Pacientes. ¿Y la tuya?