ATENDIENDO A LA DEMANDA DE FIAPAS, EL NUEVO PROYECTO DE ORDENANZA DEL TAXI EN MADRID PREVÉ LA INCORPORACIÓN DE BUCLES MAGNÉTICOS EN LOS VEHÍCULOS

La Confederación Española de Familias de Personas Sordas (FIAPAS) ha manifestado su satisfacción ante la inminente aprobación de la Ordenanza Reguladora del Taxi en la Comunidad de Madrid por la que todas las nuevas licencias de autotaxi, además de los eurotaxis, deberán contar con bucle magnético en sus vehículos tras la entrada en vigor de esta modificación.

Gracias a esta nueva norma, Madrid se sitúa muy a la cabeza de la mayoría de las capitales europeas mejorando la calidad de la atención a los usuarios en el servicio público del taxi, particularmente de las personas con sordera que utilizan audífonos y/o implantes auditivos, puesto que el ruido del tráfico y el entorno, sumado al propio del motor, así como la distancia y las dificultades de lectura labial entre el pasajero y el conductor, dificultan o imposibilitan la comunicación entre ambos.

Dicha circunstancia se agrava en la actualidad por las necesarias medidas de seguridad para evitar el contagio del Covid-19: la instalación de mamparas y el uso de mascarillas, minoran y distorsionan la voz del interlocutor por lo que la escucha es menos nítida e inteligible.

Demandas de FIAPAS 

Por ello, FIAPAS ha subrayado que la instalación de un sistema de inducción (bucle magnético) no solo se justifica como medida que elimina estas barreras de comunicación para los usuarios del taxi con discapacidad auditiva, sino que además es un recurso necesario para la adaptación del puesto de trabajo de los conductores con pérdidas auditivas, quienes se ven especialmente afectados por éstas como consecuencia de su exposición continuada al ruido del tráfico, lo que les dificulta en muchas ocasiones la comunicación con los pasajeros en la prestación del servicio. 

Además, FIAPAS ha remarcado que el bucle magnético debe instalarse conforme a la Norma de calidad UNE ¬EN 601184:2007 (IEC 601184:2006, y ha señalado, también, la necesidad de que las radioemisoras deben disponer de canales de comunicación accesibles para las personas con discapacidad, a través de aplicaciones y páginas web (vía texto).