Como recuerda FAMMA

Las Cabalgatas deben contar con espacios reservados para niños con discapacidad

Publicado el por Somos Pacientes

Cabalgata de Reyes en MadridLa Federación de Asociaciones de Personas con Discapacidad Física y Orgánica de la Comunidad de Madrid (FAMMA-Cocemfe Madrid), miembro de Somos Pacientes, ha remitido una carta a los 179 municipios de la Comunidad Autónoma de Madrid (CAM) para reclamarles la habilitación de espacios reservados para los menores con discapacidad y/o movilidad reducida en la Cabalgatas de Reyes que se celebrarán por toda la Comunidad el próximo mes de enero.

Como denuncia FAMMA, “año tras año, no se prevén itinerarios ni espacios específicos para que los menores con discapacidad y/o movilidad reducida asistan y disfruten de las Cabalgatas de Reyes, pese a que la legislación existente, tanto estatal como autonómica, recoge la obligación de reservar espacios para personas con discapacidad en los espacios públicos o cuando se realicen espectáculos de esta naturaleza”.

Así, el objetivo de esta misiva es lograr que los menores con discapacidad y/o movilidad reducida puedan disfrutar de estas celebraciones navideñas en igualdad de condiciones que el resto de niños. Y para ello, la Federación ha propuesto a los municipios un completo esquema-modelo de Cabalgata de Reyes accesible para, ya sea mediante espectáculos a cota de calle o con graderíos, garantizar la visibilidad de los menores del colectivo.

Cabalgatas accesibles

Las legislaciones española y autonómica recogen numerosas normativas en la que se establece la obligación de reservar espacios para las personas con discapacidad en los espectáculos públicos.

Concretamente, FAMMA-Cocemfe Madrid refiere que “el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, establece que la ‘imposibilidad de acudir a los espectáculos públicos por no disponer de espacio reservado ocasiona una desventaja’ y supone, para los niños y niñas con discapacidad, una discriminación”.

Es más; el artículo 63 del el Real Decreto Legislativo 1/2013 recoge que ‘se entenderá que se vulnera el derecho a la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad, definidas en el artículo 4.1., cuando, por motivo de o por razón de discapacidad, se produzcan discriminaciones directas o indirectas’.

Por su parte, la Orden VIV/561/2010, de 1 de febrero, establece que ‘las áreas de estancia destinadas a la realización de actividades que requieran la presencia de espectadores deberán disponer de una plaza reservada a personas con movilidad reducida por cada cuarenta plazas o fracción, que estarán debidamente señalizadas’.

Asimismo, la Ley 17/1997 de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas dela CAM determina la obligatoriedad de posibilitar ‘el disfrute real del espectáculo por parte de las personas con discapacidad’.

Por todo ello, la Federación solicita “que se actúe de inmediato y se propongan medidas y alternativas que garanticen que los niños con discapacidad puedan disfrutar de las Cabalgatas de Reyes en igualdad de condiciones que los demás. Para ello, es pertinente que en la fase de planificación de estos eventos se tenga en cuenta al colectivo, dado que no solamente está en juego una cuestión de accesibilidad y de discriminación, sino también de seguridad”.

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