El esfuerzo económico obliga a muchos pacientes a prescindir de su medicación

El Defensor del Pueblo navarro pide exenciones al copago farmacéutico

Publicado el por Somos Pacientes

Francisco Javier Enériz Olaechea, Defensor del Pueblo de Navarra, se ha dirigido a su homónima nacional, Soledad Becerril, para solicitarle que reclame al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad la exención del copago farmacéutico para todas las personas que carezcan de ingresos económicos o cuyos ingresos no lleguen al salario mínimo interprofesional –establecido en 645,30 euros mensuales.

Como explica Enériz Olaechea, “hemos podido conocer y comprobar que las personas que carecen de ingresos o cuyos ingresos son muy bajos y que no entran en los supuestos de exención o de límite máximo de copago farmacéutico se ven obligadas a optar entre realizar un esfuerzo económico sobre sus exiguos o nulos ingresos o prescindir de la medicación”.

Y, alerta el Defensor del Pueblo de Navarra, “esta última opción, a la que se están viendo abocados muchos enfermos, supone importantes riesgos para su integridad, pero también para el propio sistema sanitario público, que, más adelante, ha de atender a esas personas cuando se ha agravado su problema de salud”.

Exenciones y límites

El Real Decreto-Ley 16/2012 establece la exención del copago farmacéutico de los afectados por síndrome tóxico, de los perceptores de rentas de integración social y de pensiones no contributivas, de los parados de larga duración y de los discapacitados contemplados en el sistema especial de prestaciones sociales y económicas.

Normativa que, asimismo, establece que los pensionistas con tratamientos de larga duración deberán pagar el 10% de sus medicamentos en función de los siguientes topes de aportación: 8 euros mensuales cuando la renta del pensionista sea inferior a 18.000 euros; 18 euros mensuales cuando la renta sea igual o superior a 18.000 euros e inferior a 100.000; y 60 euros mensuales cuando la renta sea superior a 100.000 euros.

Sin embargo, aduce Enériz Olaechea, “estos límites solo benefician a pensionistas enfermos crónicos, por lo que no se aplican a personas que no sean pensionistas pero que carecen de ingresos o cuyos ingresos son muy bajos y necesitan de la correspondiente medicación”.

‘Barrera insalvable’

En consecuencia, el Defensor del Pueblo de Navarra entiende que, en el caso de las personas sin ingresos o con ingresos muy bajos y que se ven obligadas a abonar el 40% del precio del medicamento, “tal carga económica puede vulnerar tanto su derecho constitucional a la protección de la salud, como su derecho constitucional a la integridad física”.

Por todo ello, el Defensor del Pueblo de Navarra no considera “compatible con el Estado social que propugna el artículo 1 de la Constitución que el copago farmacéutico sea para las personas sin ingresos o con muy escasos ingresos una barrera insalvable que les impida de un modo efectivo su derecho a su integridad física”.