Desacuerdo del CERMI con la recomendación de la RAE

Personas con discapacidad, no ‘discapacitados’

Publicado el por Somos Pacientes

El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), miembro de Somos Pacientes, ha manifestado su desacuerdo con la propuesta planteada por la Real Academia Española (RAE), que en su informe sobre lenguaje inclusivo en la Constitución Española elaborado a petición del Gobierno recomienda sustituir la palabra ‘disminuidos’ por ‘discapacitados’.

Como explica el CERMI, “a nuestro juicio, la RAE acierta cuando sugiere desterrar ‘disminuidos’ del léxico constitucional e incorporar el concepto de discapacidad en su lugar, pero yerra con la expresión elegida ‘discapacitados’ en vez de ‘personas con discapacidad’, que sería la apropiada”.

En línea con la ONU y la UE

La Constitución, como instrumento jurídico y máxima norma del Estado, debe estar alineada con la terminología jurídica establecida por la Organización de Naciones Unidas (ONU) y la Unión Europea, y propugnada mayoritariamente por el movimiento de la discapacidad de nuestro país. Por tanto, no hay que sustantivar como nombre el adjetivo ‘discapacitados’ como determina la RAE, sino fijar constitucionalmente el término ‘personas con discapacidad’.

Como informa el CERMI, “utilizar ‘discapacitados’, como recomienda la RAE, parte de la inteligencia de que la discapacidad es el factor que define y condiciona absolutamente a la personas, cuando es una nota más dentro de una construcción individual compleja y multidimensional. Cuando históricamente y hasta fechas no muy lejanas a las personas con discapacidad se les ha negado el estatuto de persona, no está de más, sino muy al contrario, afirmar, enfatizar la condición de persona, razón por la cual es preferible la locución ‘personas con discapacidad’”.

Además, optar por el término ‘personas con discapacidad’ no constituye una cuestión lingüística menor, de mero detalle, sino una cuestión de gran relevancia filosófica, política y simbólica, así como de percepción y conciencia sociales. No en vano, la discapacidad es una circunstancia, una situación o estado de la persona, por lo que debe afirmarse en la Constitución ese dato esencial, el de persona, primero, que tiene una discapacidad, elemento adjetivo.

De hecho, como recuerda el Comité, “así lo exige la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de las Naciones Unidas, tratado de derechos humanos firmado y ratificado por nuestro país, bloque de legalidad internacional del máximo rango, que España como signatario de ese tratado tiene que hacer suyo y trasladarlo a todas sus normas jurídicas internas, incluida la constitucional”.

Por todo ello, el CERMI, que hace meses ya elevó formalmente a la RAE una propuesta de nueva acepción de ‘discapacidad’ y ‘persona con discapacidad’ para su incorporación en el Diccionario Académico de la Lengua Española, planteará al Gobierno y a las fuerzas políticas, de producirse la apertura de la reforma constitucional, que la «denominación apropiada y procedente» es la de ‘personas con discapacidad’ a todos los efectos.

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