El Tribunal de Justicia de la UE recuerda que es obligación de los estados que ocurra

Los empleadores deben facilitar la integración laboral de personas con discapacidad

Publicado el por Somos Pacientes

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha recordado a todos los estados miembro que, tal y como exige la legislación comunitaria, deben obligar a todos los empleadores a adoptar medidas prácticas y eficaces a favor de las personas con discapacidad que “les permitan acceder a un empleo, tomar parte en el mismo, progresar profesionalmente y recibir una formación”.

El llamamiento surge tras el examen por el Tribunal de las medidas adoptadas por Italia para la inserción profesional de las personas con discapacidad. Y es que como denuncian en su sentencia los magistrados, “la legislación italiana no obliga a todos los empleadores a adoptar medidas eficaces y prácticas, en función de las necesidades en situaciones concretas, en favor de todas las personas con discapacidad”.

Obligación para todos los empleadores

Concretamente, el Tribunal de Justicia Comunitario destaca en sus sentencia que la Directiva Europea sobre la igualdad de trato en el empleo tiene como idea “que la discriminación por motivos de discapacidad puede comprometer la realización de los objetivos del Tratado, en particular el elevado nivel de empleo y de protección social, la elevación de la calidad de vida, la cohesión económica y social, la solidaridad y la libre circulación de las personas”.

Por ello, y con el objetivo de garantizar la igualdad, la directiva obliga al empleador “a adoptar las medidas adecuadas en función de las necesidades de una situación concreta, para permitir a dichas personas acceder a un empleo”.

Es más; el Tribunal resalta en la sentencia que dicha obligación concierne a “la totalidad de los empleadores”. Por ello, “no basta que los Estados miembros adopten medidas de incentivo y de ayuda, sino que les incumbe obligar a todos los empleadores a adoptar medidas eficaces y prácticas, en función de las necesidades en situaciones concretas”, concluye la sentencia.

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